EMEEQUIS.– Ante los efectos del coronavirus, muchas empresas están tomando medidas para mitigar el impacto financiero que se avecina. En días pasados, una de las que causó revuelo fue de ALSEA, operadora de restaurantes y cafeterías, que propuso a sus trabajadores un “descanso voluntario” sin goce de sueldo hasta por 30 días.
La empresa mexicana ALSEA, cuyo presidente es Alberto Torrado Martínez aglutina diversas franquicias: Starbucks, Vips, Domino’s, Chili’s, Burger King, Italianni’s, Archie’s, El Portón, Ginos, entre otras: son más de 15 marcas que maneja en su portafolio. En México cuenta con poco más de 41 mil trabajadores.
Por su parte, Aeroméxico, dirigida por Andrés Conesa, también implementó un esquema similar. Ayer la Asociación Sindical de Pilotos Aviadores (ASPA), anunció que se pactó un esquema de rotación de permisos sin goce de sueldo para los pilotos de manera optativa, pero en caso de no alcanzar el mínimo de permisos requerido, se dividirá entre toda la planta de pilotos activa. Además de la renuncia a otras prestaciones.
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Pero el anuncio que causó mayor enojo entre la ciudadanía fue el de ALSEA. Al considerar una falta de empatía de la empresa y una injusticia la gente llamó a un boicot a todas sus marcas en redes sociales.
La empresa argumentó que esta medida era sólo para quien así lo solicitara.
El abogado especialista en derecho laboral, Edgar Ureña, explica a EMEEQUIS que hay que revisar bajo cuáles condiciones se está llevando a cabo este descanso voluntario, pero su recomendación es no firmar nada y en caso de hacerlo fijarse bien los detalles.
Esta revista digital también consultó el sentir de trabajadores y en comparación con el enojo de la ciudadanía, la mayor parte de ellos no se opone a la medida, pues se les está consultando si quieren o no.
Sin embargo, algunos señalan que en ciertos casos no se les preguntó: sólo los mandaron de descanso.
¿QUÉ DICE LA LEY?
Edgar Ureña detalla que el Artículo 42 Bis de la Ley Federal del Trabajo contempla la suspensión de labores en el supuesto de una contingencia sanitaria, este artículo a su vez remite al 429 en la fracción IV, donde dicta que el patrón está obligado a pagar al trabajador una indemnización de un salario mínimo al día por 30 días.
Pero mientras el gobierno, en este caso la Secretaría de Salud, no dictamine y decrete la contingencia sanitaria, este artículo no aplica. Además de extenderse la suspensión de labores, el patrón, después de esos 30 días, ya no está obligado a pagar nada.
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En el caso de los trabajadores que estén pactando de manera voluntaria con la empresa días de permiso para ausentarse sin sueldo, precisa que aquí no hay ninguna violación a la Ley, pues es de mutuo acuerdo. Pero sí recomienda que, cuando se haga la petición, se tenga un respaldo en el que la empresa autorice expresamente el permiso. “Debe decir la palabra ‘autorizo’, no sólo de recibido”.
Y es que aquí se corre el riesgo de que, si no es expresamente autorizado, cuando el trabajador regrese, pues se le puede decir que está dado de baja, que se le rescinde el contrato por días de faltas acumuladas sin justificación. Porque una cosa es pedir el “permiso” y otra que se les autorice.
No obstante, aunque lo “pidan” los trabajadores, el pactar la separación entre los trabajadores y el patrón sin goce de sueldo por el tema de la situación del Covid-19 no está apegado a lo que establece la ley, indica el especialista.
“Lo que están haciendo muchas empresas es incorrecto, no está contemplado en la Ley. Los trabajadores no pueden renunciar a sus salarios, ni a sus prestaciones”.
LOS VULNERABLES
Hasta ahora el gobierno federal no ha declarado una contingencia sanitaria nacional. Ayer el subsecretario de Salud, Hugo López-Gatell, informó que únicamente el presidente, Andrés Manuel López Obrador, firmó un decreto para que los centros laborales permitan la ausencia de personas vulnerables.
Lo anterior se refiere a personas de más de 65 años, mujeres embarazadas o en lactancia, menores de cinco años, discapacitados, con enfermedades crónicas no transmisibles, tales como diabetes, obesidad, cáncer, insuficiencia hepática, entre otras.
En estos grupos, el patrón está obligado a otorgar el salario íntegro por un mes. Ayer mismo en el Diario Oficial de la Federación (DOF) se publicó el acuerdo que contienen las medidas y el decreto.
¿QUÉ DICEN LOS TRABAJADORES?
EMEEQUIS preguntó sobre el tema a trabajadores de Starbucks, quienes fueron los que hicieron más visible su postura sobre la medida. Una colaboradora de esta cadena, quien pidió omitir en su nombre, comentó que ella y la mayoría de sus compañeros entendían la medida y reconocen que ALSEA hace un esfuerzo por afectar lo menos posible.
Asegura que en estos días sí han visto una baja en las ventas, por eso la decisión de acortar horarios en algunas unidades. “Hay tiendas en plazas que abrían a las 7 de la mañana, las recorrerán a las 10”, pero lo pactado es que, con el descanso voluntario, una vez pasado el periodo pedido seguirán contratados.
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Este apoyo se hace visible en un grupo de Facebook de baristas de Starbucks, quienes mencionan que se ha malinterpretado la acción de ALSEA, y que la información que se maneja es falsa. Aseguran que no se les está obligando a nada.
Hay otros en este grupo que dicen que no se les preguntó, pero lo aceptan. Explica la entrevistada que a los que llevan menos de 60 de días en la empresa, sí los están mandando a un descanso, pero con una compensación.
Por el contrario, Juan de 19 años, quien trabaja en una unidad al sur de la Ciudad de México, dice que, aunque le encanta su trabajo, no aprueba para nada esto, pues no tienen una tranquilidad económica: “yo ayudo en mi casa con los gastos y me sirve para mis estudios”.
¿TIENEN MECANISMOS?
Ignacio Martínez Cortés, coordinador del Laboratorio de Análisis en Comercio, Economía y Negocios (Lacen) de la UNAM, indica que, a este tipo de empresas, como ALSEA y Aeroméxico, lo que les importa es que su flujo de operación (Ebitda) no se reduzca.
“Ahí se ve su mezquindad… bienvenido el trabajador cuando está al alza y se sacrifica cuando va a la baja”.
Abunda que estos grandes corporativos, en comparación con las pequeñas y medianas empresas, tienen tesorería, que les ayuda a financiar a la compañía. Mueven flujo para financiarse internamente, además son sujetos de crédito muy importantes “como para hacer lo propio y no explotar al trabajador… vamos, entonces que no salgan después con que son empresas socialmente responsables”.
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Respecto a algunas medidas de estímulos fiscales que la Iniciativa Privada está planteando para no afectar al empleo, dijo que este tipo de empresas no las necesitan. “Faltaba que el gobierno estuviera subsidiando, como se hizo en el 2009, cuando se subsidió a la industria automotriz con alrededor de 70 mil millones de dólares”.
UNA SITUACIÓN COMPLICADA
Edgar Ureña comenta que es un momento complejo, tanto para el trabajador como el patrón, porque hay gobiernos estatales y locales que han ordenado el cierre de negocios y las empresas lo tienen que hacer, pero como no hay una declaratoria de contingencia sanitaria nacional, no hay obligación del patrón.
@ptcervantes