EMEEQUIS.– Florence Cassez fue liberada el 23 de enero de 2013, tras votación favorable (3-2) de la Suprema Corte en torno a un proyecto de la entonces ministra Olga Sánchez Cordero, que decretaba amparo liso y llano, debido a al montaje televisivo en torno a su detención y su “efecto corruptor” sobre el debido proceso.
“Y en consecuencia se instruye a la Secretaría de Acuerdos de esta Primera Sala para que notifique, por los medios más eficaces y expeditos, a las autoridades correspondientes, que se ponga en inmediata y absoluta libertad a Florence Marie Louise Cassez Crepin”, dijo el ministro Jorge Pardo Rebolledo.
Florence Cassez narra su historia en el documental.
Estaba acusada de secuestro, como cómplice de Israel Vallarta Cisneros, y tenía una sentencia de 60 años de prisión, misma que se revocó. Su detención fue televisada el 9 de diciembre de 2005, aunque después se comprobó que fue un montaje, ya que fue detenida junto con Vallarta un día antes.
Sin embargo, aunque Cassez siempre ha asegurado ser inocente, el amparo concedido por la Corta nunca afirma ese punto: se enfoca en las violaciones al debido proceso que impidieron juzgarla.
El pasado 25 de agosto Netflix estrenó el documental El caso Cassez-Vallarta: una novela criminal, basado en una novela de Jorge Volpi. En el mismo se reproducen testimonios contradictorios sobre la presencia de Florence Cassez en el Rancho Las Chinitas (Topilejo, CDMX), propiedad de Israel Vallarta, quien permanece preso (sin sentencia) desde entonces. En ese lugar se mantenía a las personas secuestradas.
Agustín Acosta y Arturo Zaldívar explican la libertad de Cassez según sus puntos de vista en el documental.
“Muchos dijeron cuando Florence Cassez se fue: se va una secuestradora liberada por faltas de procedimiento. Nada más alejado de la realidad. Cassez salió porque la Corte dijo que el expediente que la buscaba condenar no tenía elementos de credibilidad para mantenerla en la cárcel”, dice su abogado Agustín Acosta, entrevistado en el documental.
No obstante, de inmediato viene la aclaración del ahora presidente de la Suprema Corte, Arturo Zaldívar, quien en ese entonces estuvo a favor de liberar a la francesa.
“La Corte por supuesto entró al fondo. Entró al fondo de decidir que a través de esos medios era imposible juzgar a una persona. Ese era el fondo que teníamos que resolver nosotros. El proceso y el debido proceso es la única forma que se justifica el poder punitivo del Estado”, señala Zaldívar en el documental.
LO QUE DECÍA LA PONENCIA
Extractos de la ponencia de Olga Sánchez Cordero.
En la ponencia de Olga Sánchez Cordero se estableció, entre otros puntos, que:
1.– “El montaje televisivo tuvo un impacto mediático determinante sobre la opinión pública y los testigos”.
2.– “El efecto corruptor, al haber subvertido el material probatorio, impide determinar la culpabilidad de la quejosa en los términos ordenados por nuestra Constitución”.
3.– “En consecuencia, esta Primera Sala de la Suprema Corte de la Justicia de la Nación, revoca la Sentencia recurrida y ordena la absoluta e inmediata libertad de Florence Marie Louse Cassez Crepin”.
En el documental, Cassez recuerda el momento en que salió de la cárcel, luego de siete años tras las rejas: “Las puertas se abren, había montones de periodistas. Mi padre vio a la gente, a los periodistas con sus cámaras. Tengo la impresión de que mi salida fue tan violenta como mi arresto”.
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