EMEEQUIS.– La existencia, actualización y cancelación de las Normas Oficiales Mexicanas (NOM) en materia de salud tomaron un papel relevante en la agenda política, social y médica, luego de que a partir del 1 de junio, 35 de estas fueran canceladas.
¿Qué pasa sin este punto de partida, que era un estándar mínimo de atención para grupos vulnerables o con enfermedades específicas?
Luego de que el presidente Andrés Manuel López Obrador subrayara el 6 de junio que “la gente ni sabe” sobre qué tratan las NOM, puesto que se trata de un “asunto de la cúpula en el comercio de los medicamentos y que no buscan que haya regulación”, y que no hablaría del tema porque “no es realmente importante”, EMEEQUIS consultó a activistas y especialistas médicos y jurídicos que pudieran explicar su grado de importancia.
Así se refirió López Obrador a la preocupación por las NOM.
¿QUÉ SON LAS NOM Y QUÉ REPRESENTA LA CANCELACIÓN?
Ninde Molina, abogada, explica a EMEEQUIS que la cancelación de las 35 NOM es grave porque se despoja al personal de salud de información vital y queda un vacío que permite que en ciertos temas las autoridades puedan ser omisas.
“En términos legales, las normas brindan información datos y procedimientos que las leyes o los reglamentos de salud se quedan cortos. Entonces, se convierten en ordenamientos obligatorios para todo el sistema nacional de salud. La desaparición de la norma pone en un estado de vulnerabilidad a grupos determinados, pero también a los profesionales de la salud, porque ahora lo que puede suceder por la desaparición es que cada instituto de salud tenga lineamientos distintos que posiblemente no sean iguales en materia de derechos humanos”, explica la abogada en derechos sexuales y reproductivos y miembro de AbortistasMx.
Por su parte, Malaquías López Cervantes, académico de la Facultad de Medicina de la UNAM, señala en entrevista que la mayor causa de la reacción polarizada en la sociedad por la cancelación de las Normas Oficiales se debe a que la población desconfía de las autoridades de salud, sin embargo, destaca que fue errónea la actuación del gobierno federal al cancelarlas.
“Mucha gente ha inferido que la cancelación de las normas servirá para manipular los recursos y no es así, pero en ese sentido sí debería de haberse dicho (anunciar el procedimiento y la razón por la que se cancelaron) y no se ha hecho; entonces, yo creo que la forma de proceder, por autoritaria, y por falta de informar públicamente, es incorrecta. Se tiene que abrir una etapa de conocimiento generalizado acerca de qué es lo que sustituye a estas normas o cuáles son los beneficios de cancelarlas y hacer un cambio en este momento.
“Yo creo que lo que necesitamos es que la autoridad se gane la confianza de la población y lo que estamos viviendo en este momento es exactamente lo contrario, luego de eventos como lo que pasó con la pandemia de Covid. Creemos que nos están engañando. Si creyéramos en ellos y pensáramos que hacen las cosas en favor de toda la población, a lo mejor no habría habido esta reacción con respecto a las normas”, responde al tiempo que pide que la gente no caiga en una condición de angustia, pues la atención médica debe de seguir.
Por otro lado, la ginecóloga y obstetra Mariana Robles señala que existe poca información oficial que justifique las modificaciones que están haciendo, ni siquiera en la comunicación donde se anuncia la cancelación de las normas se ha mencionado los motivos.
Edificio de Oncología en el Hospital General de México. Foto: Cuartoscuro.com.
“Creo que lo único que dice el presidente es muy real (que la gente no sabe) y basándonos en eso, se pueden hacer un montón de cosas. Creo que las NOMs sirven mucho a nivel institucional para poder justificar las solicitudes de presupuesto para cubrir lo que la norma dice que deberíamos tener y va a quedar un déficit.
“Con la Norma Oficial Mexicana yo podía poner en evidencia que las pacientes no estaban teniendo acceso a la medicina que deberían de tener acceso. Y ahora no lo podemos demostrar, y es una realidad que muchas de las normas estaban ya obsoletas por la falta de actualización, pero eso justo es lo que esperábamos, que se actualizara, no una cancelación. Esto nos demuestra más una decisión unilateral en la que no se toma en cuenta a la población”, subraya.
¿CUÁLES SON LAS NOM QUE SE CANCELARON?
De acuerdo con lo publicado en el Suplemento del Programa Nacional de Infraestructura de la Calidad 2023, en la edición del 1 de junio del Diario Oficial de la Federación, las NOM canceladas son las siguientes:
- NOM-029-SSA2-1999, Para la vigilancia epidemiológica, prevención y control de la leptospirosis en el humano.
- NOM-033-SSA2-2011, Para la vigilancia, prevención y control de la intoxicación por picadura de alacrán.
- NOM-038-SSA2-2010, Para la prevención, tratamiento y control de las enfermedades por deficiencia de yodo.
- PROY-NOM-042-SSA2-2017, Prevención y control de enfermedades. Especificaciones sanitarias para los centros de prevención y control de zoonosis relativa a perros y gatos.
- PROY-NOM-029-SSA2-2014, Para la prevención y control de la leptospirosis en el humano.
- PROY-NOM-050-SSA2-2018, Para el fomento, protección y apoyo a la lactancia materna.
- NOM-043-SSA2-2012, Servicios básicos de salud. Promoción y educación para la salud en materia alimentaria. Criterios para brindar orientación.
- NOM-009-SSA2-2013, Promoción de la salud escolar.
- NOM-206-SCFI/SSA2-2018, Cascos de seguridad para la prevención y atención inmediata de lesiones en la cabeza de motociclistas – Acciones de promoción de la salud – Especificaciones de seguridad y métodos de prueba, información comercial y etiquetado.
- PROY-NOM-050-SSA2-2018, Para el fomento, protección y apoyo a la lactancia materna.
- NOM-008-SSA3-2017, Para el tratamiento integral del sobrepeso y la obesidad.
- NOM-013-SSA2-2015, Para la prevención y control de enfermedades bucales.
- NOM-015-SSA2-2010, Para la prevención, tratamiento y control de la diabetes mellitus.
- NOM-030-SSA2-2009, Para la prevención, detección, diagnóstico, tratamiento y control de la hipertensión arterial sistémica.
- NOM-037-SSA2-2012, Para la prevención, tratamiento y control de las dislipidemias.
- NOM-006-SSA2-2013, Para la prevención y control de la Tuberculosis.
- NOM-027-SSA2-2007, Para la prevención y control de la lepra.
- NOM-016-SSA2-2012, Para la vigilancia, prevención, control, manejo y tratamiento del cólera.
- NOM-039-SSA2-2014, Para la prevención y control de las infecciones de transmisión sexual.
- NOM-032-SSA2-2014, Para la vigilancia epidemiológica, prevención y control de las enfermedades transmitidas por vector.
- NOM-021-SSA2-1994, Para la vigilancia, prevención y control del binomio teniasis/cisticercosis en el primer nivel de atención médica.
- NOM-022-SSA2-2012, Para la prevención y control de la brucelosis en el ser humano.
- NOM-028-SSA2-2009, Para la prevención, tratamiento y control de las adicciones.
- NOM-025-SSA2-2014, Para la prestación de servicios de salud en unidades de atención integral hospitalaria médico-psiquiátrica.
- NOM-048-SSA2-2017, Para la prevención, detección, diagnóstico, tratamiento, vigilancia epidemiológica y promoción de la salud sobre el crecimiento prostático benigno (hiperplasia de la próstata) y cáncer de la próstata (tumor maligno de próstata).
- NOM-049-SSA2-2017, Para la prevención, detección, diagnóstico, tratamiento, control y vigilancia epidemiológica de la osteoporosis.
- NOM-035-SSA2-2012, Para la prevención y control de enfermedades en la perimenopausia y postmenopausia de la mujer. Criterios para brindar atención médica.
- NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
- NOM-047-SSA2-2015, Para la atención a la salud del Grupo Etario de 10 a 19 años de edad.
- NOM-014-SSA2-1994, Para la prevención, detección, diagnóstico, tratamiento, control y vigilancia epidemiológica del cáncer cérvico uterino.
- NOM-041-SSA2-2011, Para la prevención, diagnóstico, tratamiento, control y vigilancia epidemiológica del cáncer de mama.
- NOM-029-SSA3-2012, Regulación de los servicios de salud. Para la práctica de la cirugía oftalmológica con láser excimer.
- NOM-014-SSA3-2013, Para la asistencia social alimentaria a grupos de riesgo.
- NOM-031-SSA3-2012, Asistencia social. Prestación de servicios de asistencia social a adultos y adultos mayores en situación de riesgo y vulnerabilidad.
- NOM-032-SSA3-2010, Asistencia social. Prestación de servicios de asistencia social para niños, niñas y adolescentes en situación de riesgo y vulnerabilidad.
LA VULNERABILIDAD EN VOZ DE ESPECIALISTAS Y ACTIVISTAS
A partir de la lista de normas, hay una intersección que atraviesa la salud de las mujeres, como las que promueven la lactancia materna, el control de infecciones de transmisión sexual, el cáncer de mama, cáncer cervicouterino, la diabetes, hipertensión, perimenopausia y postmenopausia y osteoporosis.
“Las NOM atraviesan todo el proceso médico y, en mi caso, que me dedico a las consultas privadas, yo también las uso y me he apoyado para defender los derechos de las pacientes. Por poner un ejemplo, he llegado a imprimir la NOM con respecto a anticoncepción para dársela a una paciente y pueda llevarla para solicitar una cirugía para no tener más bebés, porque en muchos casos buscan que la atención dependa del criterio del personal médico”, describe la ginecóloga Mariana Robles.
Atención a mujeres en el IMSS. Foto: Cuartoscuro.com.
Asimismo, al respecto del tratamiento del cáncer de mama, FUCAM publicó en sus redes sociales una petición para que la norma sea actualizada, más no cancelada.
Margarita Garfias, socia fundadora de #YoCuidoMéxico, organización civil que se dedica a buscar el reconocimiento de las labores de cuidado y de las madres que se encargan de cuidar, destaca que, si bien las NOM canceladas abarcan las distintas etapas del ciclo de la vida, las mujeres y familias cuidadoras resultan afectadas por las 031 y 032 pues “de nuevo el Estado deja la carga y desgaste en las familias” al no dejar un parámetro estandarizado para el tratamiento y prevención de enfermedades.
“Esto nos muestra un futuro realmente muy grave para las familias mexicanas. Si bien había procedimientos de atención que deberían actualizarse, debíamos tener un piso parejo, no quedarnos sin él“.
Menores vacunados en Chiapas. Foto: Cuartoscuro.com.
Margarita hace énfasis en los derechos del acceso a la salud de menores de edad y sobre ello, Juan Martín Pérez de Tejiendo Redes de la Infancia, así como Ninde Molina, hablan sobre sus preocupaciones para estos grupos.
“Lamentablemente se está volviendo sistemática la práctica de anular cualquier mecanismo institucional de vigilancia, monitoreo y evaluación por lo que, al eliminar las NOM, justifican que se seguirá atendiendo, dando consultas y ofreciendo consultas pero no estamos hablando del estándar más máximo de calidad.
“En el caso de las y los menores, precisamente por su edad no pueden tener representación legal y se trataría de una protección individual”, explica Juan Martín.
“¿Por qué nos preocupa?”, pregunta Ninde, “porque esta norma (047) surge para brindarles a todas las autoridades de información de cómo deben de tratar a las niñas, niños y adolescentes, respetando su autonomía cuando vayan a los servicios de salud solos o cuando van a tratar un tema de derechos sexuales y reproductivos y van con los padres, en muchas ocasiones el personal de salud puede actuar con prejuicios, estigmas, su moral religiosa y esto puede intervenir en este tipo de de atención médica que recibirán y entonces vulnerar los derechos de niñas, niño,s adolescentes, entonces los destinos nos preocupa”.
¿DENUNCIAS POR MALA PRAXIS Y DERECHOS VULNERADOS?
Alain Pinzón, director general de la organización VIHve Libre, destaca que si bien la NOM-010 en torno al VIH fue actualizada, dicha actualización se da cuatro años después y finalmente universaliza protocolos de prevención a esta infección de transmisión sexual. Sin embargo, al coincidir con el problema en materia de la cancelación plantea una problemática para EMEEQUIS: ¿qué pasará cuando se denuncie una negligencia?
“¿Cómo logras un piso mínimo de atención si no hay una norma que regule, pero que además obligue a los profesionales de la salud a atenderte? Se genera otro vacío porque si no te quieren atender, pues entonces hay una negligencia y cómo denuncias por mala praxis a un profesional que se niega a atenderte de forma correcta si no hay nada. Quedas desamparado, se queda totalmente en el aire, pero además pues de que la mala praxis no se va a poder ni siquiera identificar porque pues dónde está la normativa”, pregunta.
Al respecto Ninde responde que en casos específicos hacia un médico por mala praxis es cuando se complejiza la denuncia por la falta de la NOM, sin embargo, en el caso de un centro de salud o institución en general, la denuncia sí puede proceder debido a que si bien, no tendrán una norma mexicana, deben regirse bajo otros estándares.
La ginecóloga Mariana Robles abunda sobre lo que Ninde Molina señala: “de hecho en cuestiones médico legales, es importante tener la normatividad para podernos defender porque hay que justificar por qué decidí lo que decidí con esta paciente, ya que ante un desacuerdo o una inconformidad de mi manejo profesional, ¿con base en qué me estoy apegando para poder haber ejercido de esa forma? Las NOMs también son un respaldo para la práctica médica”.
CIFRAS RELACIONADAS CON LAS NOMS
En 2020 se estimaba que más de 10 millones de personas viven con osteoporosis, la cual se presenta con mayor frecuencia en mujeres que en hombres.
De acuerdo con el IMSS, en México, el cáncer cervicouterino es el segundo más diagnosticado y la segunda causa de muerte en mujeres, con un estimado de 9 mil 439 nuevos casos y 4 mil 335 muertes, esto en 2020. Mientras que en el caso del cáncer de mama, fue la enfermedad más frecuente y la primera causa de muerte en mujeres, con un estimado de 29 mil 929 nuevos casos y siete mil 931 muertes.
En 2016, el IMSS reportó que la prevalencia de diabetes gestacional está entre el 8.7 a 17.7 por ciento.
Existen 21 millones 800 mil 426 personas de 10 a 19 años según el Censo 2020 del Inegi.
Según el mismo Censo, se estima que el 16.5 por ciento de la población mexicana vive con alguna discapacidad, limitaciones cotidianas o condición mental, es decir 20 millones 838 mil 108 personas.
En 2020, de igual forma se estimaba que más de 100 mil hombres tienen cáncer de próstata.
Para 2022, la Secretaría de Salud federal reportó que más de 30 millones de personas en el país viven con hipertensión arterial y 12.4 millones tienen diabetes mellitus.
@FridaMendoza_
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