EMEEQUIS.– En las sentencias por los homicidios de los periodistas Miroslava Breach Velducea y Javier Valdez Cárdenas se estableció que ambos asesinatos –cuyos procesos se llevaron a cabo en juzgados de Chihuahua y Sinaloa– fueron ordenados por personas determinadas que encabezan grupos criminales específicos; sin embargo, hasta la fecha no han sido judicializados.
Este es uno de los factores identificados en el informe Impunidad Sistémica, sobre la sanción pendiente a los autores intelectuales, lo cual ha impedido que exista justicia en ambos crímenes, en los cuales, incluso pese a la negativa inicial por parte de autoridades locales, se comprobó que se cometieron por su actividad profesional.
“El reto es llevar a esas personas a la justicia y que su participación en los hechos no quede impune, por lo cual la estrategia de litigación debe considerar no sólo el contexto particular del caso, sino la utilización de herramientas de investigación efectivas que permitan documentar adecuadamente los vínculos existentes entre los autores intelectuales y los autores materiales, utilizando para ello también las técnicas de investigación y reglas de procesamiento específicas para casos de delincuencia organizada”.
La anterior es una de las conclusiones de este análisis, que se abocó a la investigación y judialización de los homicidios y fue realizado por el Centro de Investigación y Capacitación Propuesta Cívica, el cual tuvo acceso a los expedientes de ambas causas penales. Asimismo, contó con el apoyo del Ministerio Federal de Cooperación Económica y Desarrollo a través de Reporteros Sin Fronteras sección Alemania.
Llegar a la auténtica justicia, dice el informe, implica, además de considerar el análisis de contexto, contar con un análisis criminal exhaustivo que sea suficiente para demostrar la existencia de la organización, el rol que tienen las personas que fueran señaladas como autores intelectuales dentro de estos grupos criminales, y el beneficio obtenido por la comisión del ilícito.
“Así, además del análisis de contexto, se requiere la utilización del análisis criminal que provea de esa información que servirá como prueba indiciaria o circunstancial para demostrar la participación de estas personas en los asesinatos de Miroslava Breach Velducea y Javier Arturo Valdez Cárdenas”, indica el informe que, tras un seguimiento minucioso a los juicios por ambos crímenes, expone aspectos que han impedido la total justicia en estos homicidios.
EL CASO BREACH: RUTA A LA NARCOPOLÍTICA
El juez de enjuiciamiento en el caso Breach estuvo de acuerdo con la clasificación jurídica de los hechos como homicidio calificado, agravado por la premeditación, alevosía, ventaja, así como la actividad periodística de la víctima y la utilización de mensajes intimidantes dirigidos a la población.
A través de dos testigos que conocían hechos directamente relacionados con el motivo del asesinato, Apolo y Cholugo, fue posible la identificación de quienes lo ordenaron y perpetraron, así como la confirmación de hechos, que ubican en el lugar a Juan Carlos “N”, Jaciel “N” y Ramón “N”, así como a los vehículos identificados durante la investigación.
En la revisión del proceso, la asociación civil resaltó que el trabajo previo de la Fiscalía Especializada en Atención a Delitos contra la Libertad de Expresión (FEADLE) para solicitar el anticipo de prueba del testimonio de Cholugo evitó que, ante la imposibilidad de localizarlo, se pudiera introducir al juicio oral el video del testimonio ofrecido por dicho testigo en la audiencia de desahogo de prueba anticipada y fuera tomado en cuenta para la emisión del fallo y la sentencia.
De Apolo, aun cuando el testimonio se obtuvo después de la celebración de la audiencia intermedia, la Fiscalía consiguió justificar su relevancia y la imposibilidad para presentarla en la etapa correspondiente, aun con la oposición de la defensa del principal imputado como autor material, Juan Carlos N.
El testigo Apolo fue ofrecido por la como medio de prueba nueva, debido a que cuando se obtuvo información relevante de este testigo ya se había agotado la etapa intermedia y no fue posible ofrecerla de manera oportuna.
La defensa alegó que la Fiscalía no realizó los esfuerzos necesarios para identificar al testigo y obtener su testimonio, y que ya conocía de su existencia desde antes; por tanto, debían haberlo presentado como medio de prueba en la etapa intermedia.
La Fiscalía señaló que identifican al testigo por una nota periodística y se realizó una primera entrevista, pero el testigo no aportó información relevante para la investigación.
Con fecha posterior, Apolo se comunicó con personal de la fiscalía y, aseguró esta instancia, expresó su deseo de declarar sobre lo que él sabía del homicidio de Miroslava Breach, por lo que, a través de una entrevista, aportó datos relevantes para el caso pero, en esa fecha, ya había transcurrido la etapa intermedia y se había emitido el auto de apertura a juicio oral.
La defensa también señaló que la Fiscalía tenía conocimiento de la existencia del testigo Apolo, debido a que el análisis realizado por el experto identificado como RJTO en relación al grupo delictivo Los Salazar, se desprendió que su líder era Crispín “N”, padre del testigo Apolo.
En el juicio, el testimonio del testigo Cholugo –con riesgo probable de muerte por parte del grupo criminal, según la consideración del juez después de que personas armadas y encapuchadas llegaron a la casa de éste con la intención de matarlo– era considerado determinantemente. Cuando buscaron, los agentes no lograron ubicarlo, por lo que iniciaron una carpeta por desaparición.
Como el testigo no podía concurrir a la diligencia, porque se temía por su muerte, la Fiscalía estatal solicitó ante el juez del fuero común que el testimonio a cargo de Cholugo se desahogara bajo un carácter especial.
En los alegatos de apertura del caso se expuso que los temas que Miroslava Breach trataba a manera de investigación periodística eran narcogobierno e infiltración total por parte del crimen organizado en los gobiernos municipales de la sierra de Chihuahua. Sobre ambos publicó antes de ser asesinada. Estos asuntos, se argumentó en el proceso, motivaron a que el acusado participara activamente en la planeación y ejecución del asesinato, como represalia de su trabajo periodístico.
En los meses previos al homicidio, Breach publicó varios reportajes, entre ellos, los titulados “La infiltración del narco en los gobiernos municipales de Chihuahua”, “Crimen organizado administra justicia en Chihuahua” e “Impone crimen organizado candidatos a ediles en Chihuahua”.
“Estas notas periodísticas junto con otras que publicó en diarios de circulación nacional generaron una afectación a los intereses criminales del grupo de la delincuencia organizada denominados Los Salazar, al cual pertenecía el acusado (Juan Carlos N.) al momento de los hechos. En estos reportajes la periodista daba a conocer que, de manera libre y sin ningún problema, este grupo de la delincuencia organizada, en particular, su líder Crispín ‘N’, determinaba y nombraba a candidatos para cargos de elección popular, principalmente a candidatos a presidentes municipales; asimismo, designaba amigos o familiares para cargos en materia de administración, procuración de justicia y seguridad pública”, refieren los alegatos del caso.
Asimismo, “de manera concreta” se expuso que “la periodista, originaria de Chínipas, Chihuahua, ponía especial atención a la situación de dicho municipio, en éste señaló de manera contundente que Crispín ‘N’ imponía al candidato a la presidencia municipal del Partido Revolucionario Institucional (PRI) y que impuso a un familiar como director de seguridad pública municipal”.
Además, se añadió que la periodista era reconocida a nivel nacional e internacional y sus publicaciones tuvieron un impacto periodístico en la sociedad chihuahuense, principalmente generando mucha discusión y controversia sobre la información que publicaba, provocando que muchos partidos políticos tuvieran que cambiar a sus candidatos, y cambiar nombramientos en diferentes municipios, “y en particular expuso de manera clara y concreta las actividades ilícitas del grupo denominado Los Salazar o Los Salazares”.
Según la reconstrucción de los hechos, en los primeros días de marzo de 2017 Juan Carlos “N” se trasladó vía aérea, en una avioneta privada, desde el municipio de Chínipas a la ciudad de Chihuahua.
El relato armado con las voces de testigos y las actuaciones periciales sugiere que en Chihuahua contactó a Jaciel “N” y a Ramón “N”, quienes lo auxiliaron en la planeación y ejecución del homicidio.
“De manera conjunta realizaron actos preparatorios de vigilancia y logística para cometer el homicidio, que el 23 de marzo de 2017, determinaron cometer el crimen a las 06:00 de la mañana aproximadamente; se juntaron en el domicilio de Jaciel “N” y de manera conjunta en dos vehículos se trasladaron al domicilio de la víctima. Estos dos vehículos de la marca Chevrolet, Malibú, uno de color gris y otro de color blanco”.
El vehículo gris –continúa la relatoría– era tripulado por Jaciel “N” y Ramón “N”, mientras que el vehículo blanco por el acusado (Juan Carlos “N”) y por un testigo tercero que no sabía que iba a suceder ese día y que había sido contratado únicamente como chofer.
Ellos se dirigieron al domicilio de la víctima y realizaron recorridos de vigilancia. Después, esperaron a que Miroslava saliera de su domicilio.
Como todos los días, aproximadamente a las 6:45 de la mañana, Breach se disponía a retirar su vehículo de su cochera para llevar a su hijo menor de edad a clases en la secundaria. Debido a que conocían su rutina, de manera furtiva Ramón “N” se acercó y le disparó en ocho ocasiones de frente, causando su muerte de manera inmediata, con un arma .38 Súper.
Al momento de emprender la huida, Ramón “N” dejó una cartulina escrita a mano con un mensaje que decía “ESTO LE PASARA A TODA LA GENTE LENGUA SUELTA Y LLEGADAS AL GOBERNADOR. VOY POR TI GOBER. ATTE: EL 80”. En los márgenes superiores de dicha cartulina rezaba la leyenda “WA”.
Juan Carlos “N” se encontraba a algunos metros del lugar a bordo del vehículo Malibú blanco, con el chofer que habían contratado esperando a que Ramón “N” llegara y abordara el vehículo. Una vez que Ramón “N” huyó del lugar de los hechos y abordó el vehículo Malibú Blanco tripulado por Juan Carlos, se dirigieron a un lugar a resguardarse.
Posteriormente, Juan Carlos “N”, Jaciel “N” y Ramón “N” se volvieron a reunir en el domicilio de Jaciel y aproximadamente a las 9 de la mañana solicitaron un taxi de sitio para que los transportara a otro domicilio, propiedad de la esposa del principal acusado.
Fue en ese mismo lugar, refiere nuevamente la reconstrucción de los hechos, que habían preparado para esconderse y utilizarlo en caso de que fueran identificados y localizados.
En ese lugar se quedaron escondidos hasta el 25 de marzo de 2017, el día en que salieron para abordar una avioneta privada con dirección a la ciudad de Chínipas, para esconderse de manera definitiva, dejando a Ramón “N” en la ciudad de Chihuahua.
Durante el debate entre las partes se evidenció que el presidente de Chínipas, en el 2017, se encontraba relacionado con el referido grupo delictivo, ya que Apolo, un testigo, indicó que éste visitaba a Crispín “N”, todos los días.
Otra testigo describió los mensajes mandados a Miroslava Breach Velducea para que no fuera a la sierra, ya que su vida corría peligro.
EL HOMICIDIO DE JAVIER VALDEZ
El 15 de mayo de 2017, aproximadamente a las 12:15 horas, Francisco “N”, alias “El Quillo”, en compañía de Heriberto “N”, “El Koala”, y Luis “N”, “El Diablo”, circulaban a bordo de un Nissan Versa gris, polarizado, persiguiendo a Javier Valdez Cárdenas, de 50 años, quien conducía un Toyota Corolla rojo, hasta lograr interceptarlo y, una vez hecho esto, lo obligaron a descender de su vehículo mediante el uso de violencia y amenazas con armas de fuego. Cuando lo tuvieron en el suelo, dispararon en su contra, privándolo de la vida de manera instantánea. al recibir 13 impactos de bala calibres 9mm y .380. (11 disparos 9 milímetros y dos de .380).
Los agresores huyeron del lugar tanto en Versa gris como en la unidad de la víctima, avanzando aproximadamente 15 cuadras en un lapso de 6 minutos, hasta llegar al lugar donde abandonaron el vehículo de la víctima aún en movimiento, para continuar su huida en Versa.
El informe Impunidad Sistémica refiere que en el desarrollo del juicio se expuso que lo que motivó la privación de la vida de Javier Arturo Valdez Cárdenas fue la publicación que realizó la víctima sobre Dámaso “N”, “El Mini Lic”, el 7 de mayo de 2017 en el semanario Río Doce.
La tesis se reforzó, entre otros elementos, porque el testigo de identidad reservada RHT manifestó que a principios de junio de 2017, en su poblado de origen, se encontraban el testigo Francisco “N”, el Quillo, y Heriberto “N”, “El Koala”, tomándose unas cervezas, ya que habían ido a buscarlo a la casa de su abuela alrededor del mediodía, quienes llegaron a bordo de un Versa gris, con los vidrios polarizados, se bajaron y lo invitaron a tomar.
Él se fue a la cajuela del carro y “es cuando escucha, entre otras cosas, que Francisco ‘N’ (a) el Quillo y Heriberto ‘N’, (a) el Koala se tuvieron que aventar el ‘jale’ y que el motivo fue porque la víctima hizo unas publicaciones que no le habían gustado a la gente del Dorado, precisamente al señor Dámaso y a Dámaso ‘N’ (a) el mini Lic., las cuales se realizaron en el Río Doce”.
Por su parte, la testigo TLISR manifestó que “el 27 de junio de 2017, entre las 2 y 4 de la tarde, cuando su esposo Luis ‘N’ (a) el Diablo y ella estaban en un hotel del Dorado que está cerca de una plazuela, donde él la citó y le dijo que necesitaba contarle algo importante, primero le preguntó que si había visto las noticias del periodista y ella le dijo que sí, y fue cuando le dijo que a él le había tocado matar al pájaro, aclarándoles que era el periodista de Culiacán, Javier Valdez, después le preguntó si él lo había hecho solo, diciéndole que no, que el “jale” se lo había aventado junto con Francisco ‘N’ (a) el Quillo y Heriberto ‘N’, (a) el Koala”.
También refirió que su esposo no andaba bien, que se había enterado que trabajaba para los “Dámasos”, que son del Dorado, y que se dedicaba a patrullar y cuando se trataba de levantar a los contrarios ellos siempre obedecían las órdenes de los “Dámasos”, siendo su jefe el Quillo.
Otro testigo, PADR, declaró que a él “le había ofrecido el trabajo ‘el mini Lic’, sin recordar exactamente el día, pero fue en la primera semana de mayo de 2017 que él estaba fuera de su casa en una cancha en el Dorado, ahí llegó Dámaso ‘N’, en una camioneta, junto con un señor que se llama Rubén, quien andaba muy enojado porque había publicado unas notas que no le habían parecido a Dámaso ‘N’, y quería matarlo”.
Con el testimonio de RMC se conoció la publicación que detonó el ataque a Valdez: un texto en el que mencionaba que Dámaso no tenía los suficientes pantalones para dirigir un cártel, mencionaba que su hijo gozaba de las mieles que su padre producía, que era un pistolero de utilería y que lo único que hacía era hacer fiestas, grupos norteños, enseñar sus pistolas y sus corridos eran por encargo.
“Era algo que él no se ganaba, hablaba mucho tirándole a esa persona, si eran declaraciones un poco ‘fuertecitas’”, consideró el testigo.
¿PROTECCIÓN POLÍTICA?
Como buena práctica en las investigaciones, el informe señala que hubo una documentación exhaustiva de los casos, aunque acota en las áreas de mejora los factores que no han permitido llegar a los autores intelectuales (de quienes, a decir de testigos, se presume cuentan con protección política), así como una investigación con perspectiva de género en el caso de Miroslava, al igual que el reconocimiento como víctimas a grupos o colectivos de periodistas afectados por la violencia ejercida contra Breach y Valdez.
Para probar este último aspecto, el informe cita que el testimonio de un compañero de Miroslava Breach durante el debate del juicio seguido en contra de Juan Carlos “N” por el homicidio, el cual, remarca el informe, ilustra claramente cómo el gremio de periodistas y la sociedad en su conjunto sufren afectaciones cuando se priva de la vida a una periodista como un intento de silenciarla y aterrorizar a las personas periodistas, pues cuando el fiscal le pregunta: “¿Cuál fue el impacto que tuvo a su medio decomunicación el asesinato de Miroslava?”, el testigo responde:
“Bueno, mi medio es un medio que siempre ha generado muchas controversias, pero nunca habíamos vivido tan cerca una situación tan crítica, o tan trágica como esta. El hecho de que una persona perdiera su vida en ejercicio de su trabajo es algo inaceptable para nosotros. El impacto que tuvo es que yo tomé la decisión, al ver que había tanta impunidad en contra de los periodistas, de cerrar el periódico, de cerrarlo en protesta para exigir justicia. Entonces fue, pues imagínese, después de 40 años de estar en esto y que lo limiten a uno, porque a alguien se le ocurre matar a una persona por lo que escribe y por lo que otros quieren esconder. Es terrible, trágico e inaceptable. Además, la gente que se queda sin trabajo, porque había que protestar, había que demandar.”
En ambos casos, el análisis remarca que al silenciar a través del homicidio a una o un periodista, no sólo afectó la vida de Miroslava Breach y Javier Valdez, sino también el derecho de la sociedad a conocer información relevante que, de otra manera, sin la valentía de ambos, los mexicanos no la hubieran conocido.
“Los asesinos no sólo mataron a la madre de dos hijos (en el caso de Miroslava), uno de ellos menor de edad, no sólo mataron a una hermana, también mataron a una de las voces más certeras y críticas del gobierno”. Al ultimar a Breach y Valdez “mataron (igualmente) al periodismo de investigación veraz y valiente”.
@axelchl
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