Especial de Sexta W para EMEEQUIS.– La Secretaría de Educación Pública (SEP) ha sido emplazada para indemnizar con un monto cercano a los 400 millones de pesos a una veintena de niños víctimas de violación sexual en un kínder de la Ciudad de México, en un fallo judicial sin precedente en el país, y que podría ser, en adelante, referente en la justicia para sancionar nuevos casos.
Se trata de un hecho que causó controversia en el país hace casi una década, en 2011, cuando se descubrió que al menos 25 menores de edad, alumnos del Jardín de Niños Andrés Oscoy, en Iztapalapa, fueron agredidos sexualmente por el conserje, con la silenciosa complicidad de la directora, maestros y trabajadores del plantel.
El caso jurídico está procesado en dos causas penales, a las que tuvieron acceso EMEEQUIS y Sexta W. La primera es la 72/2011, donde se acumularon las denuncias de 23 niños y, por los cuales, el juez y la SEP han reconocido la reparación económica del daño en un monto que suma casi 400 millones de pesos. Mientras que en la causa 466/2015 la defensa sumó a dos víctimas más; aquí aún está en proceso la ratificación de la reparación del daño en un monto semejante a los casos anteriores.
El 30 de mayo de 2018, tras una sentencia judicial en el octavo tribunal colegiado, la SEP fue emplazada a reparar el daño cometido durante la prestación del servicio educativo, dentro del proceso 72/2011.
Debido a que la SEP argumentó ante el Juzgado Séptimo de Distrito de Procesos Penales de la Ciudad de México no ser parte del juicio penal entablado ante la entonces Procuraduría General de la República, las víctimas y la defensa emprendieron un largo camino en contra del Estado Mexicano. En estos momentos, el caso está en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), bajo análisis del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena.
Página 73 del Informe de Rendición de Cuentas de la SEP 2012-2018 en la que se detalla el monto a pagar y la estrategia (el nombre del kínder es incorrecto).
LA ESTRATEGIA DEL GOBIERNO PASADO
A partir de que el octavo tribunal colegiado confirmó el fallo judicial, se instruyó a la SEP a indemnizar a cada uno de los niños afectados con 17 millones 225 mil 800 pesos.
Este proceso fue notificado al gobierno de Enrique Peña Nieto durante el fallo del juez y ratificado con el voto por mayoría del octavo tribunal colegiado para que además el Estado Mexicano proceda a “la reparación del daño de manera solidaria”.
El argumento legal se encontró en el artículo 32 fracción VII del Código Penal Federal al señalar que el Estado está obligado a reparar el daño de manera solidaria, “por los delitos dolosos de sus servidores públicos realizados con motivo del ejercicio de sus funciones y, subsidiariamente, cuando aquéllos fueron culposos”.
Durante el cambio de gobierno, la SEP quiso evadir esta responsabilidad y emitió una sugerencia al gobierno del presidente Andrés Manuel López Obrador, como parte del Informe de Rendición de Cuentas de Conclusión de la Administración 2012-2018, conocido como Acta de Entrega-Recepción o Libro Blanco, para que los niños fueran dados de alta en el Registro Nacional de Víctimas, que establece la Ley General de Víctimas, y desde ahí atender la “responsabilidad” de los hechos.
En el documento Reclamaciones de Indemnización por Responsabilidad Patrimonial del Estado, elaborado por la Oficina del secretario en turno de la SEP, la dependencia reconoce el monto fijado por el juez Julio Veredin Sena Velázquez para cada una de las víctimas, pero no admite ser responsable del pago, por el daño cometido por los servidores públicos. La dependencia pidió que eso se haga a través de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV).
NO ES UN CASO AISLADO
Casi una década después de denunciados los hechos, el propósito de la defensa y las familias de las víctimas es que el daño del que fueron blanco al menos 25 niños pueda ser reparado de diversas formas: satisfacción por la sentencia, reparación y cuantificación económica; atención de la salud física y psicológica al incorporarlos en el padrón de la Comisión de Víctimas; además de obligar al Estado a impulsar cambios en la política para garantizar la no repetición de abuso sexual en el sistema educativo en México.
Los familiares y la defensa a cargo de la Oficina de Defensoría de los Derechos de la Infancia, A.C. (ODI) siguen ahora dos caminos, uno por la vía legal en la SCJN para que el caso sea un referente de la justicia en el país, y se confirme el fallo de reparación, y otra a través de la CEAV para que el Estado Mexicano reconozca el daño a la veintena de niños.
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“La justicia ha sido lenta”, afirma Alberto Muñoz, el abogado que encabeza la causa a través de ODI. El caso ha sido visto hasta ahora cuatro jueces, quienes han notificado a 6 titulares de la SEP en tres administraciones presidenciales.
En las escuelas del sistema público de educación básica ocurrieron otras 637 denuncias por abuso sexual entre 2012 y 2016. Todas relacionadas con hostigamiento sexual, estupro o violación, mismas que fueron denunciadas ante la SEP, según los datos obtenidos a través de solicitudes de transparencia. Sin embargo, la cifra negra habla de que han ocurrido innumerables casos adicionales en los que la omisión de la autoridad educativa y judicial hace que los abusos se multipliquen por todo el país.
SIN PRECEDENTE
El escándalo por los abusos sexuales estalló el 15 de junio de 2011, a la puerta del kínder ubicado en Santa Cruz Meyehualco, mientras agentes del Ministerio Público detienen al conserje del kínder y los papás de unas hermanas difunden lo ocurrido meses atrás.
Los padres de las dos primeras víctimas denunciantes informan al resto de los familiares que se ha cometido una serie de abusos sexuales en contra de sus hijas y otros niños, por lo que los incitan a preguntar a sus hijos para detectar otros abusos.
Amotinados y escandalizados por lo ocurrido a las dos hermanas, los papás exigieron en ese momento a la directora del plantel que diera explicaciones sobre lo ocurrido, a lo que ella respondió que se atendía la denuncia y por ello se realizaba la detención del entonces supuesto responsable.
Para ese momento habían transcurrido dos meses y medio desde que (30 de marzo) los papás de las dos hermanas que acudían al preescolar iniciaron las respectivas denuncias ante la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas de la entonces PGR.
A partir de ese momento se contabilizaron casi una treintena de casos en los que los niños de entre 3 y 6 años de edad señalaron abusos cometidos en el área de sanitarios.
Según el portal Mejora tu Escuela, impulsado por una organización de la sociedad civil, el jardín de niños tenía para esos años 8 salones de clase, 4 cuartos de sanitarios con 12 tazas en total, que se compartían con los maestros y personal de apoyo. Las calificaciones obtenidas en ese portal eran de 7 para las condiciones de infraestructura, 10 por la promoción de vida saludable y 9 al nivel de participación de los padres de familia.
Las denuncias públicas sobre el abuso sexual a una veintena de niños provocaron que el 16 de junio la Comisión Nacional de los Derechos Humanos iniciara de oficio la investigación CNDH/2/2011/556/Q.
La denuncia iniciada se abrió por “transgredir la libertad sexual; tratos crueles, inhumanos o degradantes; privar a los niños de cuidados continuos; omitir, custodiar, vigilar, proteger, establecer medidas cautelares y/o dar seguridad a personas; prestar indebidamente el servicio de educación, y omitir brindar una educación de calidad, atribuibles a personal de la Secretaría de Educación Pública”.
Mientras que en el séptimo juzgado de distrito en procesos penales federales en la Ciudad de México la denuncia en contra de seis trabajadores de la SEP se abrió por violación equiparada, pederastia y corrupción de menores.
Los acusados ante la entonces Procuraduría General de la República fueron María de la Luz Cano Martínez, directora del Jardín de Niños Maestro Andrés Oscoy; el conserje del plantel, Saúl Blancas Tamayo; Sergio Osvaldo Rodríguez Bolaños, quien se desempeñaba como maestro de educación física.
También se vinculó a el portero, José Rosario Reyna Sandoval; Martha Leticia, quien era personal de apoyo en la dirección; así como Daniel Aníbal, quien para entonces realizaba su servicio social. Ellos fueron consignados ante la Físcalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas, como probables responsables del ataque sexual contra más de 20 alumnos del plantel.
Se trata de un caso paradigmático por la cantidad de niños involucrados y por ser la primera sentencia ejecutada en contra de una directora de un plantel administrado por la autoridad federal.
SEIS AÑOS MÁS TARDE, LAS SENTENCIAS
Seis años más tarde, en enero de 2017, la PGR obtuvo sentencia en contra de seis personas. La máxima pena fue para el conserje, quien fue condenado a purgar una pena de 467 años y 3 meses de prisión, el pago de un millón 233 mil 953 pesos y la inhabilitación en el servicio público por 202 años, al ser encontrado culpable de los delitos de violación equiparada, pederastia y corrupción de menores.
Comunicado de la PGR (hoy FGR) sobre las sentencias condenatorias.
En los expedientes consultados por EMEEQUIS y Sexta W, se lee que la directora María de la Luz “N” fue sentenciada a 88 años. Además de ella, fueron sentenciados José “N”, a pasar 81 años en prisión; Sergio Osvaldo “N” estará 68 años; el mismo periodo de 68 años fue aplicado a Daniel Aníbal “N”; la asistente de servicio y mantenimiento, Martha Leticia “N”, lo hará por 36 años.
Al tratarse de un plantel administrado por la autoridad federal, la PGR encabezó el caso. El juez Julio Veredin Sena Velázquez determinó que cada involucrado actuó “aprovechándose de la confianza y la relación con los menores ejecutaron actos sexuales en agravio de varios de ellos”.
“Derivado de la denuncia formulada por las madres de 25 niñas y niños, el Ministerio Público de la Federación llevó a cabo la investigación y acreditó el cuerpo del delito, así como la responsabilidad de los servidores públicos”, señaló la PGR.
Puntualizó que tan sólo la sentencia de 467 años y 3 meses en contra del principal señalado como responsable, es inédita en el país ante un caso de abuso sexual.
En su momento, la Comisión de Derechos Humanos (CNDH) emitió la recomendación 76/2012.
En este pronunciamiento confirma que los niños, todos con edades de entre cuatro y seis años, fueron agredidos por un asistente de servicios de limpieza y mantenimiento, por lo que dio inicio el expediente de queja CNDH/2/ 2011/5568/Q, cuyas evidencias hicieron posible determinar violaciones a los derechos humanos, a la libertad sexual, integridad personal, trato digno, educación y desarrollo en agravio de los niños involucrados.
En el relato de las denuncias, los niños señalaron que fueron objeto de golpes, tocamientos, sexo oral, penetración genital y la introducción de diversos objetos como jeringas con agua, dedos o palitos, por parte del conserje y de los maestros cómplices.
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“Debe destacarse que la narrativa de los niños fue expresada en un lenguaje acorde a su edad y a su nivel de desarrollo, en donde utilizaron expresiones como ‘gato malo’, refiriéndose todos al pene del conserje, ‘mi colita’ o ‘mis dos colitas’ para identificar sus genitales, y frases como ‘me metió su gato malo en mis dos colitas’, ‘me metió su gato malo en mi colita’, ‘me hizo chupar su gato malo’, ‘me puso su gato malo en la cara’, y que debieron ser interpretadas, pues los menores no identifican aún los nombres de sus genitales ni los de los actos sexuales a los que fueron sometidos”, asienta la recomendación de la CNDH.
HUBO OTROS ANTERIORES
El caso creció y sumó a otros menores que habían sido estudiantes del plantel en los años anteriores. Si en un principio se acreditó la agresión directa a 17 niños, luego se logró convocar a víctimas de hasta 14 años de edad, quienes estudiaron en el jardín de niños y fueron llamados a presentar su denuncia contra el conserje, quien llevaba trabajando ahí más de 10 años.
La comisión advirtió entonces que deberían ser “considerados como víctimas y se les deberá reparar el daño de la misma manera y bajo los mismos términos en caso de que se acrediten los abusos por parte de los servidores públicos adscritos a la Secretaría de Educación Pública señalados”.
La CNDH argumentó que la indemnización debería concederse de forma proporcional a “la gravedad de la violación y a las circunstancias de cada caso, por todos los perjuicios económicamente evaluables, tales como: el daño físico o mental; la pérdida de oportunidades, en particular las de empleo, educación y prestaciones sociales; los daños materiales y la pérdida de ingresos, incluido el lucro cesante; los perjuicios morales, y los gastos de asistencia jurídica o de expertos, medicamentos y servicios médicos y servicios psicológicos y sociales”.
De igual manera solicitó que en una declaración oficial o decisión judicial se restableciera la dignidad, la reputación y los derechos de las víctimas y de las personas estrechamente vinculadas a ellas. Sugirió una disculpa pública que incluya el reconocimiento de los hechos y la aceptación de responsabilidades; la aplicación de sanciones judiciales o administrativas a los responsables de las violaciones; entre otras.
BUSCAR LA JUSTICIA
“Los afectados con esa conducta semejante a la pederastia eclesiástica, abarcan varias generaciones de esa escuela, y la estructura de la Secretaría de Educación Pública actúa para cubrir los hechos o para que no se hagan públicos. Ocultan la actuación de maestros y trabajadores, lo cual indica que las cifras de abuso pueden ser elevadas”, afirma Mariana Gil, abogada de la Defensoría de los Derechos de la Infancia.
Llama la atención que aun cuando la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha marcado protocolos a seguir para la investigación de este tipo de casos, en la práctica aún haya omisiones durante el proceso para recabar pruebas en contra de los señalados como presuntos responsables de los delitos, tales como las evidencias tecnológicas.
“En este caso los niños hablaron en algún momento de que se tomaron fotografías o que fueron utilizados los celulares o cámaras de video, y durante las diligencias nunca se hicieron revisiones a las computadoras de los involucrados. Todos sabemos que en el mundo el negocio de la pornografía infantil vale mucho, pero en las diligencias de oficio esos temas no se vinculan, se omiten”, agrega la abogada de ODI.
ALGUNOS PADRES DESISTIERON
Por lo que hace a las familias, Mariana Gil cuenta que el paso de los años trajo no sólo que algunos padres de familia “decepcionados por el largo proceso desistieran de la denuncia; otros desde el inicio no quisieron saber nada más del asunto”.
Los que sí procedieron son 25 familias que han tenido que enfrentar la revictimización de los funcionarios; el desgaste ha provocado divorcios o separaciones; hay afectaciones económicas, a pesar de que delegados o la misma CEAV otorgaron algunos apoyos para que puedan acudir a las audiencias; porque se trata de familias en condiciones vulnerables. Ninguno de ellos tiene casa propia, viven bajo techos de láminas y sus trabajos son en la informalidad.
La satisfacción hasta ahora es que este “se convertirá en un caso paradigmático en la justicia, es un precedente, pero aún tenemos una larga lucha para que las víctimas accedan a la reparación del daño”, afirma la abogada.
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A decir de Alberto Muñoz, también representante de ODI, existe un retardo injustificado en el reconocimiento de las autoridades en la reparación del daño. Para que se pueda lograr, lo saben las familias, se requiere una reforma estructural de la política pública y la legislación, porque mientras eso no se hace siguen ocurriendo los abusos.
“Atender el fallo implica tomar acciones que van desde la selección del personal que va a las escuelas; aplicar exámenes de todo tipo para conocer no sólo sus capacidades académicas; mejorar la infraestructura escolar y desarrollar protocolos efectivos de atención, entre otras muchas acciones de formación y capacitación que aseguren la no repetición”.
Mientras el caso sigue su ruta judicial y de gestión ante la CEAV, la semana pasada Salvador Moreno Vázquez, quien dijo presidir la Red Interamericana de Derechos Humanos, S.C., buscó a cada una de las familias para ofrecerles sus servicios de representación ante la Comisión para obtener la reparación del daño. Preocupados por la divulgación de información personal, los papás han iniciado un nuevo proceso para conocer desde qué institución se ha vulnerado otro derecho más de las víctimas, el del resguardo de datos personales.
Los padres de las víctimas comenzaron su búsqueda de justicia desde 2011. Foto: Rodolfo Angulo / Cuartoscuro.com
OTRAS REPARACIONES
El caso del kínder Andrés Oscoy es uno de los tres temas pendientes de reclamación de indemnización por responsabilidad patrimonial del Estado que dejó la administración de Enrique Peña Nieto
Los otros se refieren al “daño parcial permanente” en el ojo derecho de una menor de edad con unas tijeras de punta dentro de la Escuela Primaria Sebastián Lerdo de Tejada, en la Ciudad de México, por el que se piden 35 millones de pesos por el daño ocasionado derivado de actividad irregular del Estado.
Y el último caso se refiere a la muerte de una menor de edad por hemorragia cerebral no traumática dentro de las instalaciones de la Escuela Secundaria Diurna número 148 Lao-Tse, ubicada en Río Churubusco y Canal de Tezontle, en la delegación Iztacalco en la Ciudad de México, por el que se piden 30 millones de pesos por el daño ocasionado, derivado de actividad irregular del Estado.
Los hechos ocurrieron en febrero de 2009, luego de que un adolescente arrojó una pelota de clips anudados en contra de una de sus compañeras, al golpearla en la cabeza la alumna de secundaria se desmayó y más tarde falleció.
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