EMEEQUIS.– La panista María Eugenia Campos Galván, quien el 8 de septiembre tomó protesta como gobernadora de Chihuahua, no dejó pasar una semana para contraer una deuda a corto plazo por 800 millones de pesos con la banca comercial. El monto está pactado a pagar en 353 días y vence el 31 de agosto del año 2022. El dinero fue solicitado con el argumento de cubrir insuficiencias de liquidez de carácter temporal.
Francisco Alfonso Durazo Montaño, apenas dos días después de haber asumido la gobernatura del estado de Sonora, solicitó un préstamo ante la banca comercial por 500 millones de pesos, también para cubrir insuficiencias de liquidez de carácter temporal, al igual que su vecina de Chihuahua. Tiene como fecha límite de pago del capital más intereses, el 31 de agosto del año 2022.
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A pesar de que Tabasco no acudió a las urnas este año, sí cambió de gobernador a finales del mes de agosto, por la salida de Adán Augusto López Hernández para sumarse al gabinete como secretario de Gobernación. Dejó en su puesto a su amigo de años, Carlos Manuel Merino Campos, quien entre el 10 y el 24 de septiembre contrajo deuda a corto plazo por 420 millones de pesos.
Miguel Ángel Navarro Quintero, gobernador de Nayarit, ganador de una alianza encabezada por Morena, y quien tomó protesta el pasado 19 de septiembre, sólo espero nueve días para contratar deuda con la banca comercial por un monto de 300 millones de pesos. Al igual que los otros préstamos solicitados por Sonora y Chihuahua, el recurso se utilizará para “cubrir insuficiencias de liquidez de carácter temporal”. El nuevo gobierno de Nayarit tiene hasta el 26 de septiembre del año 2022 para saldar esta deuda contraída.
Estos cuatro gobernadores, recién llegados a sus respectivos palacios de gobierno en Sonora, Chihuahua, Nayarit y Tabasco, contrajeron obligaciones a corto plazo con la banca comercial al amparo de que sus leyes relativas a la contratación de deuda pública les permiten evadir, en estos casos, la autorización del poder legislativo de sus estados.
¿SE LOS PERMITE LA LEY?
Los compromisos a corto plazo son solicitados sin mediar autorización del poder legislativo de las entidades mencionadas, ya que la ley de deuda publica de sus respectivos estados se los permite. En el caso de Sonora en su articulo 20 Quater. Para Chihuahua los artículos 34 y 34 bis de su Ley de Ley de Deuda Pública. Para el caso de Nayarit en el articulo 22 de su Ley, en las que se permite al Estado y los Municipios contratar Obligaciones a Corto Plazo sin autorización del Congreso, siempre y cuando se cumplan con algunas condiciones y sean destinados exclusivamente a cubrir necesidades de corto plazo, entendiendo dichas necesidades como insuficiencias de liquidez de carácter temporal.
Los datos fueron publicados en el Registro Público Único de Financiamientos y Obligaciones de Entidades Federativas y Municipios, de la Secretaria de Hacienda y Crédito Publico, SHCP.
@salamillab