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Acorralan tiempos y grupos de presión a SCJN en Plan B electoral de AMLO

Según las leyes vigentes, el máximo tribunal deberá resolver en junio próximo o antes si las reformas a cinco leyes fueron son constitucionales. Aunque los cambios sobre propaganda gubernamental ya fueron impugnados, aún no los relativos al adelgazamiento del INE y otras disposiciones en materia judicial electoral. Se espera que sea la reforma más impugnada de todos los tiempos

3 / 03 / 23
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EMEEQUIS. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tiene hasta junio próximo para resolver las impugnaciones al Plan B de reforma electoral propuesto por Andrés Manuel López Obrador, si desea dar certeza a las elecciones federales para presidente del 2024.

De acuerdo con un estudio realizado en el Instituto Belisario Domínguez del Senado de la República, el Plan B -llamado así ante la imposibilidad de concretar una reforma constitucional por no contar con una mayoría de las dos terceras partes de la Cámara de Diputados-, será el más impugnado ante los tribunales de todos los tiempos, dada su trascendencia en la vida democrática de México.

El “Plan B” electoral está conformado por reformas a cinco leyes secundaria y la expedición de una, por lo que la primera parte avalada por los legisladores de Morena y aliados solo incluye dos de ellas que son la Ley General de Comunicación Social y de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

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El 1 de marzo pasado, el ministro de la Suprema Corte Alberto Pérez Dayán admitió a trámite la controversia constitucional que presentó el INE contra la primera parte del “Plan B” electoral del presidente Andrés Manuel López Obrador.

“Se tiene por presentado al promovente con la personalidad que indica y, con base en lo expresado en la demanda, a la naturaleza de las normas impugnadas, atribuibles respectivamente al Congreso de la Unión y al Poder Ejecutivo Federal, se admite a trámite la demanda que hace valer, sin perjuicio de los motivos de improcedencia que, en su caso, puedan advertirse de manera fehaciente al momento de dictar sentencia”, resolvió el ministro.

El ministro dio un plazo de 30 días hábiles, contados a partir de la notificación, para que la Cámara de Diputados y el Senado, así como la Presidencia y la Secretaría de Gobernación presenten su contestación.

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Hasta el momento son alrededor de seis las impugnaciones presentadas ante tribunales contra la primera parte del Plan B aprobada por el Congreso, un amparo interpuesto por Movimiento Ciudadano, el 7 de diciembre de 2022; dos acciones de inconstitucionalidad presentadas por el PAN y el PRD el 23 de enero de 2023; otra acción de inconstitucionalidad por parte del Grupo Plural de senadores el 25 de enero de 2023.

Así como una nueva acción de inconstitucionalidad de la alianza “Va por México” el 25 de enero y finalmente la del INE, todas contra las reformas en materia de propaganda gubernamental, bajo el argumento de violaciones al proceso legislativo.

La parte fundamental que modifica el Código Federal de Instituciones Procedimientos Electorales, de Partidos Políticos, la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y la Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral, será también objeto de acciones de inconstitucionalidad.

Esta parte es la que reduce considerablemente el número de consejos distritales en operación, desaparece el Programa Preliminar de Resultados Electorales y alarga el tiempo de espera para conocer los cómputos, además de significar un retroceso en el tema de paridad de género, dado que quedará en manos de los partidos decidir si conceden la candidatura a una mujer, sin que el INE pueda obligarlos a ello conforme a la paridad electoral.

La Constitución, en el artículo 105, prohíbe realizar cambios a normas electorales 90 días antes del inicio de los procesos electorales federales, por lo que, a partir de junio, el Congreso estará impedido de realizar modificaciones de este tipo.

De acuerdo con la legislación vigente, el proceso electoral federal de 2024 inicia formalmente el 1 de septiembre de 2023 (aunque la Reforma Electoral plantea postergarlo a la tercera semana de noviembre).

El segundo paquete de reformas que plantea la reestructuración y compactación del INE fue recientemente publicado en el Diario Oficial de la Federación, acción que exigían los partidos de oposición dado que por ley no podían impugnar una reforma que no había entrado en vigor.

Se espera por lo tanto, que el llamado Plan B sea la reforma electoral más impugnada en el Poder Judicial, por la premura con la que fue aprobada por el Congreso, pero también por sus alcances y posibles repercusiones en el diseño institucional para organizar elecciones en el país.

La SCJN deberá resolver a la brevedad sobre la constitucionalidad y validez del Plan B antes de junio de 2023, para preservar la certidumbre del proceso electoral de 2024 y la estabilidad política del país.

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Para invalidar el Plan B se requeriría que una mayoría calificada de 8 de los 11 ministros de la Corte voten en ese sentido.

El presidente del Senado de la República, Alejandro Armenta, dijo este jueves que confía en que la Suprema Corte de Justicia (SCJN) atienda las impugnaciones de la reforma electoral “con la misma eficiencia con la que liberan las cuentas congeladas de delincuentes de narcotráfico”.

En tanto, el bloque de contención en el Senado, anunció que ya tiene lista la acción inconstitucionalidad que presentará ante la Suprema Corte para impugnar la segunda parte del Plan B, que este jueves cobró vigencia una vez que el titular del Poder Ejecutivo Federal publicó el decreto en el Diario Oficial de la Federación (DOF), y los senadores dijeron confiar en que la Corte “este a la altura d de las circunstancias” y resuelva de manera favorable pues es evidente que esas leyes violentan la Constitución.

@PegarioGM

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José Guaderrama



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